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- El Impuesto sobre el Patrimonio en España
- Exenciones y umbrales generales
- Las variaciones autonómicas importan
- Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas
- Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero
- Quién debe presentarlo
- Las tres categorías
- Plazo de presentación y años siguientes
- Sanciones: el panorama actual
- Consejos prácticos para expatriados
El Impuesto sobre el Patrimonio en España
España aplica un Impuesto sobre el Patrimonio anual sobre los activos netos de los residentes fiscales. A diferencia del impuesto sobre la renta, que grava lo que ganas, el Impuesto sobre el Patrimonio se aplica a lo que posees — incluyendo inmuebles, depósitos bancarios, valores, vehículos, joyas y otros bienes de valor menos deudas y obligaciones.
Exenciones y umbrales generales
La base estatal proporciona dos exenciones clave:
- Mínimo exento general: 700.000 € por persona. Los activos netos por debajo de este umbral no tributan.
- Vivienda habitual exenta: hasta 300.000 € del valor de tu vivienda habitual están exentos.
Esto significa que una persona soltera que viva en su vivienda tiene efectivamente una exención de 1.000.000 € antes de que aplique el Impuesto sobre el Patrimonio. Para una pareja casada que declara por separado, la exención combinada alcanza los 2.000.000 €.
Las variaciones autonómicas importan
El Impuesto sobre el Patrimonio lo administran las comunidades autónomas, y las diferencias son dramáticas:
| Comunidad | Política efectiva |
|---|---|
| Madrid | Bonificación del 100 % — sin Impuesto sobre el Patrimonio (aún hay que presentar el Modelo 714 si los activos brutos > 2 M €) |
| Andalucía | Bonificación del 100 % desde 2023 — sin Impuesto sobre el Patrimonio (aún hay que presentar el Modelo 714 si los activos brutos > 2 M €) |
| Cataluña | Aplicación plena, tipos del 0,21 % al 2,75 % |
| Valencia | Mínimo exento elevado a 1.000.000 € para 2026 (desde 500.000 €); tipos del 0,25 % al 3,5 % por encima del umbral |
| País Vasco | Sistema propio, tipos del 0,2 % al 2,5 % |
| Islas Baleares | Aplicación plena, tipos del 0,28 % al 3,45 % |
Tip
Para personas de alto patrimonio, elegir Madrid o Andalucía como residencia fiscal elimina por completo el Impuesto sobre el Patrimonio. Sin embargo, los residentes en estas comunidades con activos brutos superiores a 2 millones de euros deben aún presentar una declaración a cero (Modelo 714) — la bonificación no exime de la obligación formal de presentar.
Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas
Introducido a finales de 2022 para evitar que personas adineradas se trasladaran simplemente a Madrid o Andalucía para esquivar el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad se aplica a patrimonios netos superiores a 3 millones de euros. Es un impuesto estatal que no puede compensarse con bonificaciones autonómicas.
Tipos:
- 3 M € - 5 M €: 1,7 %
- 5 M € - 10 M €: 2,1 %
- Por encima de 10 M €: 3,5 %
Cualquier Impuesto sobre el Patrimonio efectivamente pagado a nivel autonómico se acredita contra el Impuesto de Solidaridad, por lo que esto afecta principalmente a residentes en comunidades que bonifican el patrimonio (Madrid, Andalucía). Inicialmente temporal, el impuesto se ha prorrogado y puede acabar siendo permanente.
Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero
El Modelo 720 es una declaración informativa — no crea por sí misma una obligación tributaria, pero exige a los residentes fiscales españoles informar de los bienes que poseen en el extranjero. Es una de las obligaciones más importantes (y peor entendidas) para los expatriados.
Quién debe presentarlo
Todos los residentes fiscales españoles que tengan bienes en el extranjero superiores a 50.000 € en cualquiera de las tres categorías declarables. Los beneficiarios de la Ley Beckham y los no residentes están exentos.
Tip
Los beneficiarios de la Ley Beckham están totalmente exentos del Modelo 720. Esta es una de las características más valiosas — y menos publicitadas — del régimen fiscal especial para trabajadores impatriados (Régimen Especial de Trabajadores Desplazados). Durante los 6 ejercicios fiscales que estés bajo la Ley Beckham (año de llegada + 5), solo tributas por la renta de fuente española y no tienes obligación alguna de declarar bienes en el extranjero en el Modelo 720, independientemente de su valor. La misma exención aplica al Modelo 721 (el formulario específico de criptomonedas) y al Impuesto sobre el Patrimonio sobre activos situados fuera de España.
Para nómadas digitales de alto patrimonio, emprendedores y empleados W2 que se trasladan bajo el DNV o el Visado de Emprendedor, esta exención por sí sola puede ahorrar decenas de miles de euros en costes de cumplimiento y asesoría durante la ventana de 6 años. Una vez se cierra tu ventana Beckham, pasas al régimen estándar y el Modelo 720 vence en el primer 31 de marzo posterior — planifica este “acantilado” con tu gestor con un año de antelación.
Las tres categorías
Cada categoría se evalúa de forma independiente. Solo necesitas declarar una categoría si su valor total supera 50.000 €:
Categoría 1 — Cuentas bancarias Todas las cuentas en entidades financieras extranjeras de las que seas titular, autorizado o beneficiario. Declara el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del cuarto trimestre.
Categoría 2 — Valores, fondos y seguros Acciones, bonos, fondos de inversión, pólizas de seguros de vida y rentas vitalicias en entidades extranjeras. Declara el valor a 31 de diciembre.
Categoría 3 — Inmuebles Inmuebles y derechos reales (usufructo, nuda propiedad) situados fuera de España. Declara el valor de adquisición y la fecha de compra.
Plazo de presentación y años siguientes
- Presentación inicial: 31 de marzo del año siguiente al primer año en que te conviertes en residente fiscal y posees activos declarables.
- Años siguientes: solo necesitas volver a declarar si alguna categoría ha aumentado en más de 20.000 € respecto al último valor declarado, o si has vendido o cerrado un activo previamente declarado.
Sanciones: el panorama actual
El régimen sancionador del Modelo 720 ha pasado por una turbulencia legal significativa:
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Sanciones originales (2012-2022): España imponía multas severas de 5.000 € por cada dato (mínimo 10.000 €) por presentaciones tardías o incorrectas, además de clasificar los activos no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas tributadas al tipo marginal sin plazo de prescripción. Estas eran ampliamente consideradas las sanciones por declaración de activos más duras de Europa.
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Sentencia del Tribunal UE (enero de 2022): el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que estas sanciones eran desproporcionadas y contrarias al derecho de la UE, específicamente a la libre circulación de capitales.
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Régimen actual (2022 en adelante): España reformó el sistema sancionador. La presentación tardía conlleva ahora las sanciones estándar del procedimiento tributario (20 € por dato, mínimo 300 €). La presunción de ganancia patrimonial injustificada sigue existiendo, pero ahora está sujeta al plazo de prescripción estándar de 4 años, y los contribuyentes pueden aportar pruebas de la adquisición legítima.
Important
Incluso con sanciones reducidas, no presentar el Modelo 720 sigue siendo un riesgo de cumplimiento serio. La Agencia Tributaria (AEAT) cruza datos mediante acuerdos automáticos de intercambio con más de 100 países. Las cuentas extranjeras no declaradas acabarán siendo detectadas.
Consejos prácticos para expatriados
Consolida antes de mudarte. Si es posible, simplifica tu estructura de activos extranjeros antes de convertirte en residente fiscal español. Menos cuentas y menos posiciones significa una declaración más sencilla.
Conserva los justificantes de adquisición. Para inmuebles e inversiones que tuvieras antes de mudarte a España, mantén documentación clara de fechas y precios de compra. Esto te protege si la AEAT cuestiona el origen de los activos.
Usa un gestor o asesor fiscal. La presentación del Modelo 720 es técnica y los errores pueden disparar comprobaciones. La ayuda profesional cuesta habitualmente 150-400 € y merece la pena.
Recuerda que el umbral de 50.000 € es por categoría. Podrías tener 49.000 € en cuentas bancarias extranjeras y 200.000 € en valores extranjeros y solo necesitar declarar la categoría de valores.
Lleva el seguimiento de tus criptomonedas. Las criptomonedas en exchanges extranjeros caen bajo la categoría de valores/fondos. España ha sido cada vez más vigilante con la declaración de criptoactivos desde 2024, y un formulario específico de criptomonedas (Modelo 721) aplica ahora a tenencias en plataformas extranjeras que superan 50.000 €.
Última actualización: 16 de mayo de 2026